Desde el mes de junio de 2017, el
Comité Nacional de ICOMOS en España ha realizado un seguimiento del proyecto
del hotel-rascacielos del puerto de Málaga. Del estudio de este proyecto han
emanado las siguientes valoraciones:
-Evaluación del impacto del
hotel-rascacielos en el muelle de Levante en el paisaje patrimonial de Málaga
(enero de 2018)
-Adenda al informe sobre
evaluación del hotel-rascacielos en el muelle de levante en el paisaje
patrimonial de Málaga (mayo de 2021)
-Comunicado sobre las
declaraciones del ministro de Cultura y Deporte con respecto a la construcción
de un hotel-rascacielos en el puerto de Málaga (diciembre de 2022)
En julio de 2023 se produjo un
hecho de especial trascendencia para el emplazamiento del hotel-rascacielos y
que no concurría cuando se redactaron los documentos antes citados. Se trata de
la declaración de la Farola del puerto como bien de interés cultural (Real
Decreto 720/2023). En el expediente de declaración, se afirma:
… el faro portuario de Málaga,
«La Farola», está adscrito a un servicio público fundamental desempeñando
funciones de señalización esenciales para la seguridad marítima dentro de un
contexto de explotación portuaria (Texto introductorio).
Uno de los aspectos clave de esta
declaración es la preservación de sus «valores históricos, artísticos y técnicos»,
todos ellos vigentes hoy en día. Es más, el propio texto de la declaración
recuerda que:
… la declaración de Bien de
Interés Cultural […] no implica en ningún caso imposición de limitación
alguna para el uso y/o funcionamiento al que está destinado el bien no
suponiendo obstáculo alguno para las concesiones de uso en el faro que Puertos
del Estado considere oportunas, ni para el mantenimiento, actualización o
instalación de aquellos elementos necesarios para el funcionamiento del bien
como señal marítima. En este sentido, con base a la seguridad en la
navegación, quedan autorizados, sin necesidad de ningún trámite adicional,
la instalación de nuevos medios técnicos imprescindibles para la prestación
el servicio de señalización marítima y de clima marítimo del Sistema
Portuario Español, así como la adecuación de estos de acuerdo con la
innovación tecnológica que se produzca (Texto introductorio).
Este comité entiende que esta
declaración refuerza las conclusiones y precisiones de sus comunicados al
revalorizar el uso y no solo la materialidad de este inmueble. Esto se
fundamenta en que la Farola sigue siendo funcional y este cometido no lo realiza
de forma obsoleta, sino que se ha ido actualizando para servir a las
necesidades del puerto y que esto podría seguir haciéndose durante mucho tiempo
en el futuro.
El hotel-rascacielos invalidaría
su función, dado que el haz de luz se encuentra con él en el recorrido de su
trayectoria. En otras palabras, un uso hotelero, en principio ajeno a las
funciones portuarias, desactivaría uno de los elementos portuarios por
excelencia y plenamente vigente: un faro. La Autoridad Portuaria tiene prevista
la construcción, con el visto bueno del Estado, de un nuevo faro que permitiría
la inhabilitación de la Farola.
En virtud de todo lo anterior,
este comité entiende que, en función de la declaración de la Farola como bien
de interés cultural, y como argumento añadido a todo lo señalado en sus
comunicados, la construcción del hotel-rascacielos conculcaría el artículo 19.3
de la Ley del Patrimonio Histórico Español en tanto que en él se «prohíbe
también toda construcción que altere el carácter de los inmuebles […] o perturbe
su contemplación».
Además, la citada construcción de
un nuevo faro puede ser considerada expolio, ya que como tal se entiende en al
artículo 4.º del mismo texto legal:
… toda acción u omisión que ponga
en peligro de pérdida o destrucción todos o alguno de los valores de los bienes
que integran el Patrimonio Histórico Español, o perturbe el cumplimiento de su
función social.
Haber servido como faro durante
más de dos siglos a Málaga, con la incorporación de la tecnología apropiada a
las nuevas exigencias de la navegación marítima, más allá de los valores
identitarios y simbólicos que proporciona a la ciudad, asignan a la Farola
valores de carácter histórico, técnico y funcional de primer orden que se
verían alterado con su innecesaria, desde el punto de vista técnico,
desactivación y apagado.
Además, la construcción de otro
faro requeriría el consiguiente gasto público y sitúa a la operación en un
lugar muy alejado de las políticas que actualmente exige la sostenibilidad
sobre el uso y reúso de los recursos. Esto se justifica menos aún en el
carácter del proyecto del hotel-rascacielos, que legitima esta desactivación de
una infraestructura pública, y la construcción de una nueva con fondos también
públicos, para satisfacer un interés privado creado sobre suelo público y que,
además de afectar al entorno, función y significado de un bien de interés
cultural muy cercano, la Farola, tiene la virtualidad de alterar profundamente
el paisaje histórico urbano de la ciudad y de su puerto. El Ayuntamiento de Málaga
debería tomar buena cuenta cómo la integración de rascacielos sin criterio
paisajístico ya ha alterado recientemente la imagen de la parte septentrional
de la ciudad en Martiricos y cómo la incorporación del hotel rascacielos, en un
lugar mucho más comprometido respecto a los espacios de mayor significado
histórico y cultural malagueños, podría ser aún mucho más impactante y
negativa.
ICOMOS-España reitera el
ofrecimiento de asesoramiento altruista de los/as especialistas que conforman
nuestra organización a todas las entidades y agentes implicados en el
desarrollo del proyecto, esperando que puedan alcanzarse soluciones respetuosas
con los valores patrimoniales del paisaje histórico de Málaga.
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