domingo, 4 de diciembre de 2011

Un jardín protegido , como el de Villa Fernanda, se considera inedificable

Javier Such, de Gaona Abogados, letrado de la comunidad de propietarios del edificio La Era, que interpuso la demanda que dio lugar a la suspensión cautelar del proyecto residencial, explicó que el nuevo PGOU es «mucho más rígido» a la hora de proteger jardines catalogados como el de Villa Fernanda. En concreto, señaló que la normativa del nuevo plan especifica que «un jardín protegido se considera inedificable». Además, añade que, en el caso de que se produzca una confrontación entre la calificación urbanística de la parcela y su consideración de jardín de interés, prevalecerán las medidas que «favorezcan, en cualquier caso, la mejor protección del patrimonio, prevaleciendo la delimitación del jardín protegido sobre las determinaciones de ocupación y edificabilidad que pudieran derivarse de una calificación residencial, prohibiéndose toda edificación sobre el ámbito que se protege sin previa modificación del catálogo de jardines protegidos», indica el texto del PGOU.


Infografías

Para Such, el perjuicio que supone que finalmente pueda seguir adelante el proyecto residencial que el Ayuntamiento autorizó por silencio administrativo a los propietarios de la finca, en base a los derechos edificatorios que le corresponden, queda de manifiesto en las infografías aportadas en el transcurso del procedimiento que se sigue en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), unas imágenes a las que ha tenido acceso este periódico y que muestran cómo quedarían los dos edificios permitidos por la Gerencia Municipal de Urbanismo sobre una antigua pista de tenis abandonada y una zona de césped y piscina de construcción mucho más reciente que las casonas de la finca.

El perito judicial que realizó estas infografías ha solicitado una ampliación de su informe para tener en cuenta las cuestiones del nuevo PGOU, en vigor desde el pasado mes de septiembre, que afectan a este caso. Para Such, resulta evidente que el estudio urbanístico que amparó la licencia de obras, también recurrida judicialmente por los vecinos, era contrario al anterior plan general «y mucho más al vigente», por lo que el Ayuntamiento podría revisarlo con el argumento de que la protección para Villa Fernanda es ahora más rigurosa, ya que se declara como jardín protegido con la naturaleza de «inedificable».

Finca catalogada

Además, según el letrado, el citado estudio urbanístico no pasó en su momento por un informe que era obligatorio desde antes de su tramitación. Se trata del pronunciamiento de la Consejería de Cultura, ya que Villa Fernanda está incluida en el inventario de bienes del patrimonio histórico andaluz. Por ello, según las leyes de la Junta de Andalucía, ésta debería haberse pronunciado sobre el impacto visual del proyecto, antes de que fuera autorizado por el Consistorio.

Igualmente, según el argumento del abogado Javier Such, el nuevo Plan General permite al equipo de gobierno municipal revocar la licencia de obras que concedió e indemnizar a la propiedad con derechos urbanísticos en otros puntos de la ciudad. Ello no supondría que el Ayuntamiento tenga que adquirir la parcela, y sí podría evitar los pisos. Esta opción queda avalada por la propia normativa del nuevo PGOU, en la que se indica que las licencias concedidas para actos aún no iniciados a la fecha de entrada en vigor del plan, como es el caso de Villa Fernanda, y que resulten disconformes con el nuevo planeamiento, pueden revocarse, con la correspondiente indemnización para el promotor. «Supone una posibilidad importante de revisar la licencia que Urbanismo otorgó por silencio administrativo», resaltó el letrado, quien apuntó que otra opción podría ser la de descatalogar Villa Fernanda como conjunto protegido, aunque no cree que el Gobierno local diera ese paso.
Jesús Hinojosa-DiarioSur

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